Wizink tendrá que devolver a nuestro cliente la cantidad de 15.300 euros en concepto de intereses cobrados de más en su tarjeta de crédito.
Una sentencia que hemos recibido este 22 de septiembre de 2020, con la que le damos nuestra más sincera enhorabuena a nuestro cliente, agradeciéndole la confianza depositada en nuestro despacho de abogados.
El afectado que se había negado a pagar más cuotas, se decidió a contactar con nuestro despacho de abogados tras el aluvión de llamadas de Wizink
Se vuelve a hacer justicia ante los excesos cometidos por bancos y entidades financieras en microcréditos o tarjetas de crédito. En esta ocasión ha sido el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) el que ha dado la razón al consumidor.
Nuestro cliente había contratado en el año 2004 una tarjeta con la entidad Barclays (actualmente, “Wizink Bank, S.A.”) , sin ser informado de los intereses ni las comisiones que se le iban a imponer. La TAE del contrato fue del 23'9%, lo que manifiesta que supone el triple del aplicado por las entidades de crédito en la fecha del contrato para créditos al consumo.
Durante años el afectado, estuvo pagando sus cuotas mes a mes hasta que viendo que la deuda apenas bajaba, llegó un momento en el que se negó a abonar más cuotas. Transcurridos dos años y tras el aluvión, según sus palabras, de llamadas de Wizink exigiendo el abono de la deuda, se decidió a contactar con nuestro despacho de abogados Velázquez & Sabina.
Cual ha sido su sorpresa, tras conocer que no adeudaba nada a la entidad sino que era al contrario. Un total de 15.300 euros fueron cobrados en concepto de intereses usurarios, que ahora le tienen que devolver. Le habían aplicado un TAE que suponía más de triple del aplicado por las entidades de crédito al consumo, según lo tipificado por el Banco de España.
El interés aplicado en la tarjeta era más del triple que el establecido por el Banco de España
En consecuencia el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia a nº 3 de San Cristóbal de La Laguna, declaró nulo, por usurario, el contrato de tarjeta de crédito “Barclaycard Plus” suscrito por nuestro cliente y la entidad Barclays (actualmente,“Wizink Bank, S.A.”) en mayo de 2004.
Condenando a “Wizink Bank, S.A.” a reintegrar a nuestro cliente (que fue defendido por la nuestra letrada Paula Velázquez) la diferencia entre el capital prestado y la cantidad total por él abonada en virtud de dicho contrato, más los intereses legales correspondientes, que ascienden a 15.300 euros.
Para cualquier duda, consulta o si deseas mas información sobre la reclamación de tarjetas de crédito o préstamos, puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez y Sabina Abogados, llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.
Para ver nuestras sentencias más recientes haz clic aquí: sentencias tarjetas revolving