Un Juzgado de Tenerife condena un crédito de COFIDIS al 24´5% TAE por usurero

El Juzgado de Primera Instancia nº5 de San Cristóbal de la Laguna ha dado la razón a nuestra clienta y condenado a COFIDIS S.A. a devolver 3.694´71 euros por usura en una línea de crédito que la afectada había contratado en el año 2013.

Un Juzgado de la Laguna ha condenado a Cofidis S.A. a devolver 3.694´71 euros a nuestra clienta por usura en un crédito

Otra nueva condena a la financiera Cofidis por conceder créditos rápidos en condiciones abusivas. En esta ocasión el interés aplicado a nuestra clienta en este crédito revolving ascendía a un TAE del 24´5%. Muy contentos por que se vuelva a hacer justicia antes estos abusos.

Una nueva sentencia contra COFIDIS por conceder créditos rápidos en condiciones abusivas

Fue el 6 de noviembre de 2013 cuando nuestra clienta suscribió con la conocida entidad financiera Cofidis una solicitud de línea de crédito. Un comercial fue quien le ofreció la posibilidad de obtener una financiación rápida y fácil, obviando las condiciones financieras del contrato.

 

La cantidad prestada por COFIDIS en un principio fue de 1.000 euros debiendo devolverse en cuotas mensuales. Además de 822 euros en marzo de 2015, 1.307 euros en abril de 2017, 401 euros en agosto de 2017 y por último en enero de 2018 la entidad volvió a prestar 392 euros. Todo ello (3.922 euros) a devolver en cuotas mensuales bajo un sistema revolvente (crédito revolving).  A dichas cuotas se les aplicaba un TAE del 24´5% algo que hacía que el préstamo solicitado por nuestra clienta, por mucho que pagara apenas veía que la deuda disminuyera. 

 

Dicho sistema revolving es altamente perjudicial para el cliente bancario ya que, pese a que se le indica que supone una cuota muy asequible, lo cierto es que cada mes del importe total de la cuota se destina a amortización de capital un mínimo que, a la vista del tipo de interés, hace que la devolución del crédito pueda resultar eterna o, cuanto menos mucho más larga de lo que espera el cliente.

 

Especialmente en aquellos supuestos en los que se produce algún retraso en el pago, en los que entonces, la cantidad cobrada por posiciones deudoras, y el devengo de los intereses moratorios pueda generar que ese mes no solo no se amortice cantidad alguna, sino incluso que se aumente la deuda

 

El préstamo de 3.922 euros que se había convertido en 7.616 euros

Como conclusión, nuestra clienta había solicitado un total de 3.922 euros prestados a la entidad COFIDIS  y después de casi 7 años abonando las cuotas todos los meses, tienen que devolverle 3.694´71 euros que había abonado de más a la entidad en intereses usurarios. Es decir, dicho préstamo de 3.922 euros se había convertido en 7.616´71 euros.

 

La sentencia recoge textualmente que se declara nulidad radical y absoluta del contrato de crédito revolvente por usurario, condenando a COFIDIS S.A.  a devolver a nuestra clienta, la diferencia entre el capital efectivamente prestado y la cantidad realmente abonada por ella por todos los conceptos y que exceda del capital prestado con ocasión del referido contrato, junto con sus intereses legales. Esto asciende a 3.694´71 euros.

 

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Imagen de portada: César Cabeza Govea