El Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a los "Servicios financieros Carrefour" a devolver 4.283 euros a una clienta de nuestro despacho de abogados, por usura en una tarjeta Carrefour Pass que la afectada había adquirido hace 8 años.
La tarjeta Carrefour Pass duplicaba el interés establecido por el Banco de España para operaciones crediticias. Contaba con un TAE del 21,99%.
Cada vez son más las sentencias contra Carrefour por usura en sus tarjetas de crédito
Se vuelve a hacer justicia en Canarias y nuevamente los servicios financieros de Carrefour son condenados por usura en sus tarjetas Carrefour Pass. Esta es nuestra 38 sentencia favorable a nuestros clientes contra Carrefour por los intereses usurarios aplicados en sus tarjetas.
En esta ocasión, la tarjeta Carrefour Pass contratada por nuestro cliente en el mes de abril del año 2014, tenía fijado un TAE del 21’99%, siendo prácticamente el doble del aplicado por las entidades de crédito para créditos al consumo a la fecha de la firma del contrato, que según las tablas publicadas por el Banco de España en el año de la firma del contrato era del 9’34% TAE.
Además, la afectada nunca fue conocedora de los intereses que la entidad financiera le iba a cobrar, la forma de devengo de los mismos, ni su acumulación al capital pendiente de cobro.
El art. 1 de la Ley de Represión de la Usura señala que “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquel leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.
carrefour TENDRÁ QUE DEVOLVER 4.283 EUROS A NUESTRA CLIENTA
Como consecuencia, el Juzgado de Primera Instancia n.ª5 de Santa Cruz de Tenerife, declaró la nulidad radical, absoluta y originaria del contrato de la tarjeta Carrefour Pass suscrito por nuestra clienta con los Servicios financieros Carrefour, EFC, S.A. , por tratarse de un contrato usurario.
Condenando a los Servicios financieros Carrefour, EFC, S.A., a reintegrar a la afectada la cantidad de 4.283 euros en concepto de e comisión por disposición en efectivo, comisión por uso de cajero, intereses, comisión por reclamación de cuota impagada, y cuotas de seguros asociados a la tarjeta de crédito.
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Imagen Palacio de Justicia "Santa Cruz de Tenerife": Atlántico hoy