Un matrimonio de Gran Canaria ha logrado gracias a haberse acogido a la Ley S.O. (Ley 25/2015, de 28 de julio) cancelar 37.053 euros que adeudaba por diversos préstamos, tarjetas y a la Seguridad Social.
En esta ocasión ha sido el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de las Palmas de Gran Canaria quien le ha concedido el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) a este matrimonio.
Esta Ley es el único mecanismo legal existente para renegociar o cancelar las deudas que no se puedan afrontar
Todavía desconocida por muchas personas, la Ley 25/2015, de 28 de julio (L.S.O.) es un mecanismo legal al que pueden acogerse tanto particulares como autónomos, para renegociar o cancelar todas las deudas. Una ley dirigida a personas endeudadas, que en la actualidad tengan una situación de insolvencia que imposibilita atender las deudas contraídas. Si quieres información acerca de esta ley haz clic aquí.
Este matrimonio de Gran Canaria, adeudaba 37.053 euros debido a diversos préstamos y tarjetas que no pudieron hacer frente y fue subiendo cada vez más la deuda. Además, él era autónomo y debido a la situación, había contraído también una deuda con la Seguridad Social de casi 12.000 euros.
Gracias al haberse acogido a esta Ley, han podido cancelar todas las deudas contraídas por los préstamos y tarjetas. Respecto a la Seguridad Social, de los 11.921 euros que adeudaba, se le ha exonerado 6.275 euros, teniendo solo que abonar el resto (5.646 euros) en un cómodo plan de pagos a 5 años.
Según recoge la sentencia, al haberle concedido el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), los acreedores no podrán iniciar ningún tipo de acción dirigida frente al deudor para el cobro de los créditos exonerados, y respecto de los procedimientos de ejecución en trámite para su exacción, de existir, el deudor podrá instar de los juzgados correspondientes el levantamiento de los embargos acordados. A partir de ahora, este matrimonio de Gran Canaria podrán empezar una vida libre de deudas.
MÁS DE 20.000 PERSONAS EN NUESTRO PAÍS SE HAN BENEFICIADO DE ESTA LEY, LIBERÁNDOSE DE TODAS LAS DEUDAS
Esta ley L.S.O. (Ley 25/2015, de 28 de julio) es a día de hoy el único mecanismo legal dirigido a particulares o autónomos para abordar una situación crítica de insolvencia imposible de afrontar.
Cumpliendo unos requisitos generales que la mayoría de las personas pueden cumplir, pueden acogerse a esta Ley que permite renegociar o cancelar todas las deudas contraídas que hayan podido ser generadas por fracasos en negocios, préstamos, compras de pisos o siendo avales de préstamos entre otros supuestos.
Para acogerse existen una serie de requisitos que puedes ver haciendo clic en este enlace. Desde que entró en vigor esta Ley de la Segunda Oportunidad, en Velázquez y Sabina Abogados, hemos ayudado a que tanto autónomos como particulares puedan empezar una nueva vida, a que lleguen un acuerdo con sus acreedores, que pasen por un concurso y a cancelar todas sus deudas.
Si deseas más información puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.