¿Has recibido alguna llamada, WhatsApp o has respondido algún email fuera de la jornada laboral? Si es así, este artículo te interesa. ¿Has oído hablar de la Ley de Desconexión Digital? ¿Sabías que puede acarrear para la empresa una sanción de hasta 6.250 euros?
Esto es así por la Ley de Desconexión Digital. Una ley que aunque lleva ya en vigor desde el año 2018, no es muy conocida por los trabajadores y que vamos a abordar en este artículo.
La Ley de la Desconexión Digital va dirigida a respetar el descanso, vacaciones e intimidad del trabajador
La Ley de Desconexión Digital va dirigida a garantizar el respeto de los descansos, vacaciones y la intimidad personal y familiar del trabajador. Es decir, esto se traduce en que se pueda NO responder tanto emails, llamadas telefónicas o WhatsApp fuera del horario laboral.
Es una realidad que las nuevas tecnologías ya se han implantado en el día a día en cualquier puesto de empleo. Ello ha implicado que cualquier trabajador pueda recibir fuera de su jornada laboral tanto llamadas como correos electrónicos o algún WhatsApp que se debe atender. El derecho a la desconexión digital va precisamente dirigido a regular todas estas circunstancias.
Este derecho a la desconexión digital se ha introducido en España mediante la nueva Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales, que ha implantado una previsión expresa en el Estatuto de los Trabajadores para garantizar este derecho que tiene cualquier trabajador a desconectar de su trabajo cuando está fuera del horario laboral.
El envío de emails fuera del horario de trabajo puede acarrear para la empresa sanciones de hasta 6.250 euros
Por normativa también se contempla que todos los empresarios tienen la obligación de realizar una protocolo interno respecto al derecho a la desconexión digital, que debe contener acciones de formación y sensibilización para los trabajadores sobre el uso de las herramientas tecnológicas con el fin de evitar la fatiga informática.
En caso de incumplimiento por parte del empresario, la Inspección de Trabajo puede llegar a sancionar con multas de hasta 6.250 euros a las empresas. El artículo 7.5 de la ley de infracciones del orden social establece como infracción grave "la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo".
La única manera por parte de la empresa de constatar que no se está incumpliendo el derecho a la desconexión digital del trabajador sería reflejando, por ejemplo en el correo electrónico, que es para responder dentro del horario de la jornada laboral.
Para cualquier consulta que desees realizar, duda o si deseas ampliar información sobre la Ley de Desconexión Digital puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez y Sabina Abogados (Tenerife) llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.