Un Juzgado de La Orotava condena a Wizink por intereses usurarios

Suma y sigue Wizink acumulando sentencias en su contra. En esta ocasión, la entidad financiera tendrá que rebajarle la deuda a nuestra clienta nada más y nada menos que 6.329 euros,  que pretendía cobrar de más.

Suma y sigue Wizink con esta nueva sentencia en su contra, en la que la entidad financiera tendrá que rebajarle la deuda a nuestra clienta nada más y nada menos que 6.329 euros

La tarjeta que fue contratada por nuestra clienta en agosto del año 2016 contaba con un  TAE del 27,24 %,  un interés remuneratorio abusivo y usurero, que ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia nº1 de La Orotava.

 

Si nuestra clienta no llega a reclamar, "Wizink" le habría cobrado 6.329 euros en intereses usurarios

Para que la operación crediticia pueda ser considerada usuraria, basta con que se den los requisitos previstos en el primer inciso del art. 1 de la Ley de Represión de la Usura, esto es, «que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso», sin que sea exigible que, acumuladamente, se exija "que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales".

 

El contrato de la tarjeta de crédito suscrito entre nuestra cliente y la entidad WIZINK BANK SA firmado en agosto de 2016 contaba con un TAE del 26,82% del crédito revolving (que en el momento de interposición de la demanda se había incrementado hasta el 27,24%). Un interés notablemente superior al fijado por el Banco de España para créditos al consumo. 

 

El extremo del art. 1 de la Ley de 23 julio 1908, de Represión de la Usura establece que "Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso".

 

Como consecuencia, el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de La Orotava, declaró  el contrato de la tarjeta de crédito firmado por nuestra clienta, nulo por contener un interés usurario, de modo que la entidad financiera no pueda cobrar ningún interés ni comisión por las cantidades dispuestas por nuestra clienta, declarándose , por tanto, que la cantidad a devolver sea exclusivamente el crédito del que ha dispuesto, y se condenó a la entidad WIZINK BANK SA a reintegrar a nuestra clienta, cuantas cantidades se haya abonado durante la vida del crédito que excedan de la cantidad dispuesta, que asciende a un total de 6.329 euros

si tienes una tarjeta con el pago aplazado te recomendamos revisar el contrato

Aunque Wizink es la entidad financiera que más sentencias en su contra acumula, también BBVA, CaixaBank, Santander Consumer, Cofidis, Cetelem, Alcampo, Carrefour o Bankinter, son algunas de las muchas entidades financieras o bancos  que han comercializado tarjetas revolving y están siendo demandadas por los consumidores para recuperar su dinero. Cada vez son más las sentencias que dan la razón a los consumidores antes estos abusos.

 

En Velázquez & Sabina abogados (expertos en derecho civil bancario), nos encargamos de hacer un estudio de las claúsulas de la tarjetas/as para posteriormente confirmando que existen intereses abusivos, iniciar un procedimiento para que devuelvan todo lo que han cobrando de más desde el inicio del contrato y conseguir la nulidad de la tarjeta/as. Tanto en tarjetas vigentes como antiguas.

 

Para cualquier consulta que desees realizar, puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez y Sabina Abogados, llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.

 

 

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Imagen de portada: Ser