El fondo buitre es un fondo de inversión que compra deudas de empresas próximas a la quiebra por un valor muy inferior al real, para posteriormente presionar al deudor por el pago del 100% más los intereses generados. Muy común en las tarjetas de crédito revolving (abusivas), préstamos o microcréditos y compañías de telefonía.
¿Qué es lo primero que debo saber cuando un fondo buitre reclama una deuda?
Cuando los fondos buitre compran tu deuda, tienes un plazo de 9 días hábiles para presentar un requerimiento al fondo buitre para que te informe por qué precio adquirió tu deuda y tienes derecho a pagar esa deuda al precio que la han comprado ellos.
Los fondos buitre adquieren las deudas en bloque, es decir que por ejemplo, una deuda de 15.000 euros la pueden haber comprado por 200 euros.
Esto es muy interesante saberlo, ya que tienes la posibilidad de acogerte por ley y pagar tu deuda por 200 euros (el precio que la ha comprado el fondo buitre) en vez de los 15.000 euros que te reclaman (valor total de la deuda más los intereses por los años adeudados.
Para poder saldar esa deuda que te exige el fondo buitre, al precio que la compraron ellos, debes de saber que tienes un plazo y es desde el día que te lo ha notificado fehacientemente el fondo buitre o el juzgado si ha habido una ejecución de la deuda.
¿Y si no han notificado fehacientemente nada y reclaman la deuda?
Si no han notificado fehacientementete nada y reclaman la deuda, el plazo para requerir comienza desde el momento que te enteras que un fondo buitre ha adquirido una deuda tuya.
Desde ese momento tienes la posibilidad de requerirlo o ir a vía judicial para que un juzgado reconozca que tienes la posibilidad de pagar esa deuda al precio que la compró el fondo buitre, no al que te reclaman ellos.
¿Qué hacer ante el acoso telefónico exigiendo el pago de la deuda?
Son muchas las personas que nos dicen cuando acuden a consulta con nuestros abogados, que se sienten acosados telefónicamente por parte de los fondos buitre para intentar cobrar la deuda. Exigen que se abone el total del valor de la deuda más los intereses generados.
Es muy importante saber que el acoso telefónico está catalogado como un delito leve de coacciones. Cuando hablamos de acoso telefónico, nos referimos a llamadas continuas exigiendo la deuda, amenazas o coacciones telefónicas como por ejemplo puede ser "que van a llamar a tus hijos o vecinos si no pagas la deuda", llamar al centro de trabajo para exigir la deuda,...
En estos casos se debe de presentar una denuncia. Normalmente cuando al fondo buitre le llega un primer requerimiento de denuncia ya paran, para evitar que les pongan una multa y condenen por un delito leve de coacciones.
Para cualquier consulta que desees realizar, puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez y Sabina Abogados (Tenerife) llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.
Artículo elaborado por Paula Velázquez, abogada de Velázquez y Sabina Abogados - Tenerife)