Diferencias entre un despido improcedente y un despido nulo

Un despido puede ocurrir cuando menos se espera y se recomienda tener unos conocimientos previos. Estas son las diferencias que existen entre un despido improcedente y un despido nulo

Estas son las diferencias que existen entre un despido improcedente y un despido nulo.

Ante un despido lo primero que se debe de tener en cuenta es que el plazo para poder impugnarlo es breve, son veinte días hábiles.

 

Como abogados especialistas en despidos, queremos asesorar sobre como se puede actuar ante un despido improcedente o un despido nulo y en qué se diferencian.

El despido improcedente: readmitir o indemnizar

El despido es improcedente cuando la propia empresa lo reconoce en el acto de conciliación previo a la demanda o cuando se llega a los tribunales y un juez lo declara como tal.

 

El despido improcedente se produce cuando no se han respetado las formas del despido, si no se ha comunicado por escrito. En el despido disciplinario si no se manifiestan las causas concretas en las que se basa el despido o si en la carta de despido no figura la fecha de efectos o en el despido objetivo si no se ha puesto a disposición del trabajador las cantidades de indemnización o no se ha dado el preaviso.  Es decir, es improcedente, cuando las causas del despido no existen.

 

Si la empresa llega a un acuerdo en el acto de conciliación ante un despido improcedente, tiene que  abonar al trabajador la indemnización que hayan pactado entre ambas partes, en una serie de plazos o como hayan acordado mutuamente.

 

Si por el contrario, es una sentencia judicial la que declara la improcedencia del despido, la empresa tiene un plazo de 5 días hábiles para bien readmitir al trabajador o abonar la indemnización por despido improcedente, que es a razón de 33 días por año trabajado.

 

Si la empresa no se pronuncia en ese período de cinco días hábiles, automáticamente se considera la readmisión del trabajador al puesto de empleo, debiendo abonar la empresa todos los salarios desde el momento del despido hasta el momento de la readmisión. 

QUÉ SUCEDE CUANDO UN despido ES nulo

El despido es nulo cuando la empresa al despedir al trabajador bien por despido disciplinario o despido objetivo, la causa ha sido una discriminación o abusos de los derechos constitucionales del trabajador.

 

Las consecuencias para la empresa ante un despido nulo, son que siempre tiene que readmitir al trabajador a su puesto de empleo. No cabe la posibilidad de que puedan pactar un indemnización.  Como en el caso despido improcedente, la empresa tiene que abonar al trabajador todos los salarios desde el momento que se produce el despido hasta el día de la readmisión en su puesto de empleo.

 

¿Cómo actuar ante un despido?

El plazo para reclamar un despido es de 20 días hábiles que empiezan a contar desde la fecha de notificación de la carta de despido, siendo la forma de proceder la siguiente:

  1. Comparecer en el SEMAC para presentar la papeleta de conciliación
  2. Posteriormente el SEMAC asigna una fecha para que se celebre el acto de conciliación, mediante el cual se intentará llegar a un acuerdo firme entre ambas partes
  3. Si llegada la fecha del acto de conciliación, no se persona un representante de la empresa o no se llega a un acuerdo, se tiene que presentar una demanda judicial
  4. Llegado el juicio,  puede ocurrir que se logre un acuerdo previo a la celebración del juicio. Si no sucede y se celebra la vista, el magistrado será el que decida si el despido (sea objetivo o disciplinario) es procedente, improcedente o nulo

Desde Velázquez y Sabina, abogados expertos en despidos, siempre recomendamos ante un despido,  firmar el finiquito como "no conforme" para poder revisar que el despido es correcto. 

 

Para cualquier consulta que desees realizar, puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez y Sabina Abogados (Tenerife) llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.