Otra nueva condena a la financiera COFIDIS por tarjetas con condiciones abusivas. En esta ocasión el interés aplicado a nuestra clienta ascendía a un TAE del 24,5%.
Ha sido el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Güimar el que ha dado la razón a nuestra clienta y condenado a COFIDIS S.A. a devolver 4.345 euros cobrados indebidamente.
La tarjeta sistema flexipago de COFIDIS resulta altamente perjudicial para el consumidor
En el año 2014 nuestra clienta suscribió con la conocida entidad financiera "COFIDIS" una tarjeta sistema flexipago. Un comercial fue quien le ofreció la posibilidad de obtenerla, obviando las condiciones financieras del contrato que no se informaron debidamente en ningún momento a nuestra clienta.
La tarjeta que ha sido declarada nula por usuraria, contaba con un 24,5% TAE, un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado en relación con las circunstancias del caso.
La tarjeta de COFIDIS "sistema flexipago" se trata de una tarjeta revolving que es altamente perjudicial para el cliente bancario, ya que, pese a que se le indica que supone una cuota muy asequible, lo cierto es que cada mes del importe total de la cuota se destina a amortización de capital un mínimo que, a la vista del tipo de interés, hace que la devolución del crédito pueda resultar eterna o, cuanto menos mucho más larga de lo que espera el cliente.
gracias a haber reclamado, nuestra clienta recupera 4.345 € y cancela la tarjeta
Como consecuencia, dicha tarjeta "sistema flexipago" de COFIDIS que contaba con un interés (TAE) del 24,5% (superando con ello el tipo de interés general para los contratos de financiación) ha sido declarada nula por aplicación de la normativa de la ley de la Usura de 1908 dado que el tipo de interés es notablemente superior al normal y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.
Condenando el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Güimar (Tenerife) a COFIDIS S.A. a abonar a nuestra clienta la cantidad que exceda del total del capital prestado tomando en cuenta el total de lo ya recibido por todos los conceptos cargados y percibidos al margen de dicho capital y que hayan sido abonados por la afectada, lo que asciende a 4.345 euros que tendrá que devolver a la afectada.
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Imagen de portada: registro civil en las palmas