COFIDIS condenada a devolver 6.271 € a nuestra clienta

El Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Santa Cruz de Tenerife ha dado la razón a nuestra clienta, condenado a COFIDIS S.A. a devolver, 6271,66 euros por usura en tarjeta que la afectada había contratado con la entidad financiera en el año 2017.

Otra nueva condena a la financiera Cofidis por conceder tarjetas en condiciones abusivas. En esta ocasión el interés aplicado a nuestra clienta ascendía a un TAE del 24,60%. 

La tarjeta de Cofidis contaba con un TAE del 24,60%

Fue un 4 de julio de 2017 cuando nuestra clienta adquirió con la conocida entidad financiera de préstamos al consumo "Cofidis" una tarjeta revolving. Un comercial fue quien le ofreció la posibilidad de obtenerla, obviando las condiciones financieras del contrato que no se informaron debidamente en ningún momento a nuestra clienta.

 

Dicha tarjeta revolving que ha sido declarado nula, contaba con un 24,60 % TAE, un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado en relación con las circunstancias del caso. 

 

El sistema revolving utilizado por la mayoría de los bancos y entidades financieras en préstamos y tarjetas de crédito, es altamente perjudicial para el cliente bancario, ya que, pese a que se le indica que supone una cuota muy asequible, lo cierto es que cada mes del importe total de la cuota se destina a amortización de capital un mínimo que, a la vista del tipo de interés, hace que la devolución del crédito pueda resultar eterna o, cuanto menos mucho más larga de lo que espera el cliente.

 

Especialmente en aquellos supuestos en los que se produce algún retraso en el pago, en los que, entonces, la cantidad cobrada por posiciones deudoras, y el devengo de los intereses moratorios, pueda generar que ese mes no solo no se amortice cantidad alguna, sino incluso que se aumente la deuda. 

la entidad financiera tendrá que devolver todo lo cobrado indebidamente

Como consecuencia, dicha tarjeta de crédito de Cofidis, que contaba con un interés (TAE) del 24,60% (superando con ello el tipo de interés general para los contratos de financiación) ha sido declarada nula por aplicación de la normativa de la ley de la Usura de 1908 dado que el tipo de interés es notablemente superior al normal y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. 

 

Condenando el Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Santa Cruz de Tenerife a Cofidis S.A. a abonar a nuestra clienta la cantidad que exceda del total del capital prestado, tomando en cuenta el total de lo ya recibido por todos los conceptos cargados y percibidos al margen de dicho capital y que hayan sido abonados por la afectada, especialmente las cantidades cobradas por conceptos de comisión por disposición en efectivo, comisión por uso de cajero y comisión por reclamación de cuota impagada, más los intereses legales. Dicha cantidad asciende a 6271,66 euros, que es lo que hemos logrado recuperar para nuestra clienta.

 

Para cualquier duda, consulta o si deseas más información sobre la reclamación de tarjetas de crédito o microcréditos, puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez y Sabina Abogados, llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.

 

Para ver nuestras sentencias más recientes haz clic aquí: sentencias tarjetas revolving

 

Imagen de portada: atlántico hoy