4 Claves imprescindibles que debemos saber tras acabar un ERTE

Atentos a estas 4 claves que las debemos de tener muy claras para evitar posibles sorpresas a la hora de la vuelta a los puestos de trabajo tras un ERTE.

Atentos a estas claves que las debemos de tener muy claras para evitar sorpresas a la hora de la vuelta a los puestos de trabajo tras un ERTE

A finales de noviembre aún hay más de 700.000 trabajadores en ERTE por lo que que a continuación te dejamos en este artículo unas claves que debes tener muy presente a la hora de la reincorporación.

Qué debemos saber tras haber finalizado el ERTE

Según los últimos datos recogidos, a finales de noviembre un total de 739.357 trabajadores están en un ERTE, de los cuales 409.766 corresponden a los nuevos ERTE que entraron en vigor el pasado 1 de octubre tras la nueva prórroga  y el resto, que son más de 300.000 permanecen todavía de la anterior legislación. 

 

4 claves a tener muy presente:

  • Cuándo estamos en un ERTE TOTAL debemos de saber que el contrato abre un paréntesis y queda suspendido. Esto quiere decir que durante todo el periodo que se permanezca en el ERTE no se generan VACACIONES. Por lo tanto al incorporarnos tendremos que calcular el tiempo que hemos estado en el ERTE y descontarlo de nuestras próximas vacaciones a raíz de 2.5 días por mes.
  • Ocurre exactamente lo mismo con las PAGAS EXTRAS. Los trabajadores generamos la parte correspondiente de la paga extra cada mes trabajado. Al estar en un ERTE TOTAL y no trabajar no generamos la parte correspondiente a la pagas extras.
  • Respecto a la AGENCIA TRIBUTARIA debemos de tener en cuenta para evitar sorpresas que como durante el ERTE hemos percibido PARO el SEPE entrará en nuestra próxima declaración de la renta. Esto quiere decir que durante el ejercicio del año 2020 hemos tenido dos pagadores (la empresa y el SEPE). Y sucede que el SEPE aplica el mínimo de retención.
  • No se pueden producir DESPIDOS ya que se mantiene la cláusula que se aplicó en las anteriores negociaciones de mantenimiento de empleo. Esto quiere decir que la empresa que despida a un trabajador en los 6 meses posteriores tras haber finalizado la prestación, se verá obligada a devolver todo el dinero recibido incluyendo el salario de sus trabajadores.

Para cualquier consulta que desees realizar, puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez y Sabina Abogados (Tenerife) llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.