Se vuelve a hacer justicia en Canarias y nuevamente los servicios financieros de Carrefour son condenados por usura en sus tarjetas Carrefour pass. En esta ocasión la tarjeta duplicaba el interés establecido por el Banco de España.
Esta sentencia obliga a la entidad a devolver a nuestro cliente la cantidad de 4.131,39 euros en concepto de intereses usurarios originados por la tarjeta, así como la nulidad de la misma.
La tarjeta Carrefour Pass contratada por nuestro cliente duplicaba el interés estipulado para créditos al consumo
En esta ocasión ha sido el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de San Cristóbal de la Laguna, en Tenerife, el que ha dado la razón a nuestro cliente, condenando las malas prácticas llevadas a cabo por bancos y entidades financieras en las tarjetas de crédito.
La tarjeta Carrefour Pass contratada por nuestro cliente, tenía fijado un TAE del 21’99%, siendo prácticamente superior al doble del aplicado por las entidades de crédito para créditos al consumo a la fecha de la firma del contrato, que según las tablas publicadas por el Banco de España en el año de la firma del contrato era del 9’34% TAE, resultando que el afectado nunca fue conocedor de los intereses que la entidad financiera le iba a cobrar, la forma de devengo de los mismos, ni su acumulación al capital pendiente de cobro.
Además, en el contrato asociado a dicha tarjeta, únicamente se reflejan de forma clara y con una letra razonable para su lectura, los datos personales del afectado, el límite mínimo de la tarjeta, el importe de la línea de crédito, el importe de la mensualidad, así como la forma de pago. Mientras con una letra diminuta se regulan las condiciones particulares, siendo de difícil lectura para cualquiera, y por tanto, de difícil comprensión, por lo que dichas cláusulas no superan el control de transparencia.
Ante lo que el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de San Cristóbal de la Laguna, declaró la nulidad radical, absoluta y originaria del contrato de la tarjeta Carrefour Pass suscrito por nuestro cliente con los Servicios financieros Carrefour, EFC, S.A. , por tratarse de un contrato usurario, con los efectos inherentes a tal declaración de conformidad con el artículo 3 de la Ley de represión de la usura.
la tarjeta FUE DECLARADa NULa Y LA ENTIDAD CONDENADA A nuestro cliente 4.131,39 euros
Declarando la nulidad de la Tarjeta Pass de Carrefour por abusiva por falta de transparencia de la cláusula del interés remuneratorio y de la comisión por reclamación de impagos, exceso de límite, disposición de efectivo y por uso de cajeros, fijadas en el contrato controvertido.
Condenando a los Servicios Financieros Carrefour E.F.C., S.A. a reintegrar al afectado las cantidades que excedan del total del capital prestado, tomando en cuenta el total de lo ya recibido por todos los conceptos cargados y percibidos al margen de dicho capital y que ya hayan sido abonados nuestra clienta, lo que asciende a un total de 4.131,39 euros.
Si tienes una tarjeta con el pago aplazado y ves que la deuda apenas baja o baja muy poco, te recomendamos revisar el contrato. Para cualquier duda, consulta o si deseas más información sobre la reclamación de tarjetas de crédito o préstamos, puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez & Sabina Abogados, llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.
En Velázquez & Sabina abogados (expertos en derecho bancario), nos encargamos de hacer un estudio de las cláusulas de la tarjeta/as para posteriormente confirmando que existen intereses abusivos, iniciar un procedimiento para que devuelvan todo lo que han cobrado de más desde el inicio del contrato y conseguir la nulidad de la tarjeta/as. Tanto en tarjetas o préstamos vigentes como antiguos.
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Imagen de portada: ok diario