La justicia vuelve a dar la razón ante los abusos cometidos por bancos y entidades financieras en tarjetas de crédito. En esta ocasión ha sido un juzgado de Tenerife quien ha dado la razón a nuestra clienta, condenando a Carrefour por usura en una tarjeta Carrefour Pass.
La tarjeta Carrefour Pass que nuestro cliente había contratado con la entidad desde el año 2005 contaba con un TAE muy superior al establecido por el Banco de España para préstamos al consumo.
La tarjeta Carrefour pass casi triplicaba el interés fijado por el Banco de España
En el contrato de la tarjeta Carrefour Pass que fue firmado en el año 2005 por nuestra clienta, se fijó un TAE del 21’99%, siendo casi el triple del aplicado por las entidades de crédito para créditos al consumo a la fecha de la firma del contrato. Según las tablas publicadas por el Banco de España en el año 2005 era del 9’34% TAE, resultando además que la afectada nunca fue conocedora de los intereses que la entidad financiera le iba a cobrar, la forma de devengo de los mismos, ni su acumulación al capital pendiente de cobro.
Después de contactar nuestra clienta con nuestro despacho de abogados "Velázquez & Sabina" y revisar el contrato de la tarjeta Carrefour pass, comprobando que se trataba de un contrato usurario, iniciamos la reclamación vía judicial de todos los intereses que se le habían cobrado de más durante toda la duración del contrato, así como la nulidad de la misma.
Para que la operación crediticia pueda ser considerada usuraria, basta con que se den los requisitos previstos en el primer inciso del art. 1 de la ley de la Represión de Usura, esto es, «que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso». Sin que sea exigible que, acumuladamente, se exija «que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales».
Nuestra clienta logra cancelar toda la deuda y además le devuelven casi 2.000 euros
Como consecuencia el Juzgado de Primera Instancia n.º3 de Santa Cruz de Tenerife, declaró la nulidad radical, absoluta y originaria del contrato de la tarjeta Carrefour Pass suscrito por nuestro cliente con los Servicios financieros Carrefour, EFC, S.A., por tratarse de un contrato usurario, con los efectos inherentes a tal declaración de conformidad con el artículo 3 de la Ley de represión de la usura, al contar con un TAE muy por encima del establecido para operaciones crediticias.
Con este sentencia nuestra clienta logra cancelar toda la deuda que tenía con Carrefour y además le devuelven la cantidad de 1942,99 euros que había abonado de más en intereses usurarios.
Para cualquier duda, consulta o si deseas más información sobre la reclamación de tarjetas de crédito o préstamos, puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez y Sabina Abogados, llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com.
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