Cancelamos una deuda reclamada por el Fondo Buitre EOS SPAIN

Sentencia obtenida por nuestro despacho de abogados en la que hemos ayudado a esta tinerfeña a cancelar una deuda que le reclamó judicialmente el fondo buitre EOS SPAIN por una tarjeta que contaba con un TAE del 29,89%.

El Fondo Buitre reclamó, a través del procedimiento "monitorio" a nuestra clienta, 1.355,10 euros, más los intereses legales, costas del proceso y demás gastos, por una tarjeta de Santander Consumer Finance impagada.

Tras una avalancha de llamadas, sms y correos a nuestra clienta reclamando el pago, EOS SPAIN decidió demandarla judicialmente

Nuestra clienta, que fue defendida en esta ocasión por la letrada de nuestro despacho "Paula Velázquez", acudió a nosotros tras haber sido demandada por el Fondo Buitre EOS SPAIN. Según nos relató, antes de llegarle el monitorio, había vivido una auténtica avalancha por parte del Fondo Buitre, de llamadas, sms y correos exigiendo el pago de la deuda.

 

A mediados del mes de febrero de 2021 se admitió a trámite la solicitud de EOS SPAIN de procedimiento monitorio por importe de 1.355,10 euros, requiriendo a nuestra clienta a pagar esa cantidad o a presentar escrito de oposición, que fue lo que hicimos desde nuestro despacho de abogados, basándonos en que el contrato de la tarjeta revolving de Santander contaba con un interés abusivo y desproporcionado. 

 

La tarjeta de Santander Consumer Finance, contaba con un TAE del 29,89%, lo que considera muy superior al interés normal del dinero y, por lo tanto, usurario, pues la T.A.E. media cuando nuestra clienta adquirió la tarjeta en el año 2006, era del 8,84% T.A.E. 

 

Posteriormente y tras oponernos, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Güímar (Tenerife), declaró terminado el proceso monitorio que había realizado el Fondo Buitre, acordando continuar la tramitación por los trámites del juicio verbal.

 

En dicho juicio, nuestra abogada, en representación de nuestra clienta, solicitó: la nulidad del contrato por usura del interés remuneratorio recogido en la condiciones generales del contrato, siendo este del 29,89%, al considerarlo notablemente superior al interés normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. Solicita también que, como consecuencia de esta declaración, se le restituya las cantidades pagadas en exceso en virtud de ese contrato declarado nulo, calculado dicho exceso por la diferencia entre el total dispuesto por el actor y el total pagado por esta, durante la vigencia del contrato.

EL JUZGADO DE GÜÍMAR desestimó EL MONITORIO del fondo buitre

Tras los hechos, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Güímar (Tenerife), desestimó el monitorio contra nuestra clienta presentada por EOS SPAIN, absolviéndola de todas las pretensiones formuladas en su contra, ante el interés abusivo aplicado en la tarjeta de Santander Consumer Finance de la que se le exigía el pago. Con lo que nuestra clienta cancela la deuda.

 

Para quien no lo sepa, un fondo buitre es un fondo de inversión que compra deudas de empresas próximas a la quiebra o cierre por un valor muy inferior al real, para posteriormente presionar al deudor por el pago del 100% más los todos los intereses generados. Muy común en las tarjetas de créditopréstamos o microcréditos y compañías de telefonía

 

Los fondos buitre adquieren las deudas en bloque, es decir que por ejemplo, una deuda de 17.000 euros la pueden haber comprado por 250 euros para posteriormente reclamar los 17.000 más todos los intereses de demora acumulados.

 

Para cualquier duda, consulta o si deseas más información sobre cancelación de deudas en general, tarjetas o préstamos, puedes ponerte en contacto sin compromiso con nuestros abogados de Velázquez & Sabina Abogados, llamando al teléfono 922 249 312 o en el email: info@velazquezsabina.com. Somos abogados expertos en deudas y derecho bancario.

 

Para ver nuestras sentencias más recientes haz clic aquí: sentencias tarjetas revolving

 

Imagen de portada: Registro Civil de las Palmas